Entre otras, las obligaciones que contraen las empresas mexicanas respecto de sus trabajadores extranjero, son las siguientes:

Una vez que cuenta con su permiso el extranjero, la empresa asume la obligación de informar en un término de 15 días sobre cualquier circunstancia que altere o pueda modificar las condiciones migratorias a las que el mismo se encuentra sujeto; asimismo asume la obligación de cubrir los gastos que origine la expulsión del extranjero y de su familia.
Al dejar de trabajar, debe avisar de la baja laboral al INAMI dentro de los 15 días siguientes a la cesación de la relación laboral.
Además de lo anterior, la empresa debe cubrir todas las obligaciones laborales de cualquier otro trabajador tales como:
- Pago de las cuotas del IMSS.
- Pago del Infonavit.
- Pago de Aguinaldos.
- Pago del Impuesto sobre Nominas.
- Pagos de Primas Vacacionales.
- Pago de Indemnización Laboral
Como puede verse la contratación de un extranjero, aunque pueda resultar benéfico para la empresa, conlleva una serie de obligaciones que es importante cubrir; estamos a sus ordenes para asesorar a su departamento de Recursos Humanos en todo el proceso de contratación del extranjero y de su trámite migratorio para la obtención de su permiso de trabajo, en nuestras oficinas ubicadas en Isaac Garza N° 1326 Pte. entre las calles Porfirio Díaz e Ignacio L. Vallarta, en el Centro de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León; teléfono 044811-2031390, correos electrónicos: mayla.lozano@hotmail.com ó martesco@hotmail.com, consulta previa cita.
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